Quiero crear una sociedad en España, ¿cómo lo hago?

Escrito por Aster Abogados

14 octubre, 2020

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¿Qué pasos debo seguir para crear una sociedad española? ¿Qué documentos necesito? ¿Cuál es el capital mínimo para constituir la sociedad? ¿Necesito socios o puedo constituirla solo?

En el momento en el que se decide crear una sociedad, son muchas las dudas que nos vienen a la cabeza, en este artículo vamos a resolverlas todas y a explicarte cuáles son los pasos a seguir hasta la completa constitución de una sociedad española.

Los primeros pasos a seguir son: 

En primer lugar, deberemos decidir qué tipo de sociedad queremos constituir: Sociedad de responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad Civil, Sociedad comanditaria, etc. Como el caso más común en España son las sociedades limitadas, seguiremos los pasos a seguir para la constitución de esta clase de sociedades.

 En segundo lugar, es importante pensar un nombre para nuestra mercantil, teniendo que solicitar en el Registro Mercantil Central la denominación social. Dicha denominación, debe ser solicitada por uno de los socios de la compañía. Ya que es requisito fundamental que sea uno de estos y no un tercero (como podría ser un abogado o economista) quien lo solicite.

Es importante a la hora de solicitar la denominación, tener varias opciones ya que dicho certificado puede ser denegatorio debido a que el nombre ya este cogido o sea demasiado parecido a otro.

Es momento de establecer el capital social

Una vez hayamos obtenido el certificado denominativo, deberemos establecer qué capital social (teniendo en cuenta que el mínimo para las sociedades limitadas es de tres mil euros) querremos que cuente nuestra sociedad. Debiendo diferenciar entre aportación dineraria y no dineraria.

Para el primer supuesto, como su nombre indica, es que el socio o socios, aporten dinero a la sociedad para constituirla. Deberemos ir al banco con el certificado de denominación social y abrir una cuenta a nombre de la sociedad donde depositaremos el capital que vaya a tener la sociedad. Cada socio aportará su parte, emitiendo el banco un certificado del dinero depositado por el socio o los socios.

Para las aportaciones no dinerarias, se aportarán bienes a la mercantil probando su valor mediante la aportación de las correspondientes facturas de compra por el socio o los socios. Estos bienes pueden ser, ordenadores, mobiliario, vehículos etc. El capital aportado por cada socio constituirá la participación de cada en la compañía.

Una vez establecido el capital, deberemos decidir el número de participaciones o acciones (para el caso de sociedades anónimas) que tendrá nuestra sociedad. Dicha participación, tendrá un valor nominal, que será el resultado de dividir el número de participaciones entre el capital social de la mercantil.

 

Otros de los aspectos importantes a la hora de constituir una sociedad, es establecer un domicilio social, el objeto social (a qué actividades se dedicará la mercantil), sus estatutos y el órgano de gobierno que la regirá (administrador único, administradores solidarios, administradores mancomunados o consejo de administración).

Hay que dar de alta la sociedad en los distintos organismos públicos

Cuando tengamos todo esto claro, iremos a una notaría donde darle forma a todo esto y establecer la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicha escritura será firmada por cada uno de los socios, así como por el órgano de administración, que podrá ser alguno o varios de los socios, así como un tercero ajeno a la mercantil y el notario. Recordemos que el órgano de administración podrá ser alguno o varios de los socios, así como un tercero ajeno a la mercantil.

En la propia notaria se encargaran de solicitar el Número de Identificación Fiscal Provisional de nuestra empresa.

Un vez esté lista la escritura de notaria, el siguiente paso será la liquidación de los impuestos, para el caso de las sociedades limitadas están exentas pero deberemos liquidar el impuesto a cero antes de depositarla en el Registro Mercantil que le corresponda por su domicilio social.

Tras haber liquidado a cero el impuesto, presentaremos nuestra escritura en el registro mercantil para su inscripción. Si no existiese ningún defecto, nuestra sociedad se encontrará inscrita, siendo el siguiente paso el alta de actividad en Hacienda mediante el modelo 036.

Una vez dada de alta podremos solicitar el Número de Identificación Fiscal definitivo y operar con normalidad en el ámbito empresarial.

Si has leído hasta aquí, probablemente estés a punto de crear una sociedad y necesites ayuda profesional para comenzar esa nueva andadura con buen pie. Contáctanos y estaremos en cantados de ayudarte en todo lo que necesites. 

 

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En notaría tenemos que establecer la escritura pública de constitución de la sociedad.

Dicha escritura será firmada por cada uno de los socios, así como por el órgano de administración, que podrá ser alguno o varios de los socios, así como un tercero ajeno a la mercantil y el notario. En la propia notaria se encargaran de solicitar el Número de Identificación Fiscal Provisional de nuestra empresa.

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